La STS 1940/2026 o el camarote de las aMU
Hoy os traemos una Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de abril pasado digna de atención ( STS 1940/2026 ). Veamos en primer lugar la doctrina casaciones que se establece (FJ.8.8º): " En las actuaciones sobre el medio urbano ordenadas a través de un instrumento de planeamiento urbanístico resulta preceptivo siempre incluir en dicho instrumento la memoria de viabilidad económica prevista en el artículo 22.5 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana ". " Dicha memoria [de la actuación sobre el medio urbano] deberá incluir los datos y elementos que sean necesarios en relación con las determinaciones de la norma urbanística de que se trate para poder efectuar, razonablemente, una estimación aproximada del impacto económico que, en su caso, podría tener la aprobación de la citada norma reglamentaria ". " En los supuestos en que la actuación urbanística no exija t...