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Mostrando las entradas etiquetadas como aprovechamiento medio

¿Qué sentido tiene mantener las técnicas del área de reparto y del aprovechamiento medio/tipo en una nueva ley que debe regirse por las actuaciones y la edificabilidad?

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Una de las claves del modelo clásico del urbanismo español, ese que va de la LS56 a la LRSV98, es el reparto de los beneficios y las cargas y su concepto vinculado del aprovechamiento medio (o tipo). Si recordamos, el área de reparto es un ámbito territorial definido para distribuir los beneficios y cargas derivados de un plan de ordenación entre los propietarios del suelo. Para cada uno de esos ámbitos calcula el aprovechamiento total y se distribuye entre todos los propietarios en proporción a la superficie de su terreno, dando lugar al aprovechamiento que primero fue medio y que luego fue tipo, como paradigma de la igualdad, dado que a todos los metros de suelo les corresponde un aprovechamiento subjetivo idéntico o similar, con independencia de los diferentes aprovechamientos objetivos que el Plan permita construir en sus fincas. Tal y como recogió el TRLS76, este mecanismo de reparto tiene su origen y aplicación fundamental sobre el suelo de expansión (el suelo urbanizable) o ...

¿Tiene una nueva Ley urbanística el deber de adaptarse a la regulación básica del Estado?

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César cruzando el Rubicón, por Adolphe Yvon (1875) El pasado día 28 de octubre se inició el proceso para definir una nueva Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo en Navarra y en ese escenario nos preguntamos si una de las primeras consideraciones es si esta nueva ley tienen el deber de adaptarse al TRLSR. Recordemos que prácticamente todas, si no todas, las leyes urbanísticas en España son deudoras del modelo de la LS56-TRLS76, unas leyes (y sus reglamentos) preconstitucionales basadas en determinaciones para el crecimiento urbano y en una serie de técnicas para aquel objetivo, muy distante de los objetivos y necesidades actuales. Por otro lado, la propia condición de básica de la regulación estatal implica: 1) la prevalencia de esta en caso de choque legal con la regulación autonómica; 2) la definición de un marco legal igualitario en todo el Estado sin llegar a agotar la capacidad normativa de cada Comunidad Autónoma; 3) la definición de las determinaciones esencial...

¿Por qué la regulación básica de suelo y las urbanísticas no encajan?

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Podemos decir que los seres humanos somos seres racionales de costumbres que tendemos a ahormar las novedades a nuestro conocimiento previo, máxime si este se encuentra enraizado en conceptos y axiomas que conforman nuestro sistema de valores. El campo urbanístico no es distinto y, sin embargo, ahí están las tozudas nuevas regulaciones, esperando a que caigamos en la cuenta de que las cosas no son como eran y, si no, ya llegarán las sentencias que pongan las cosas en su sitio, aunque con importantes costes de por medio. Han pasado más de 15 años de aquella ley que cambió el paradigma de la acción urbanística, la LS07, y aquí seguimos ahormando y ahormando conceptos e ideas como si nada hubiera cambiado. Tratando de encajar lo anterior en lo nuevo, normalmente por la vía interpretativa y a veces por la vía de la modificación legal (recuérdese la modificación del suelo urbanizado de la DF12 L3R). Sin embargo, ya es hora de aceptar que las cosas no son as...

¿Para qué necesitamos los coeficientes de ponderación?

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Siguiendo con el objetivo de releer y acaso revisar conceptos urbanísticos con la finalidad de aligerar nuestros equipajes de planeamiento y que nos ayude en la necesaria adaptación al nuevo modelo urbanístico, traemos el concepto de los coeficientes de ponderación u homogeneización. Y la pregunta es clara, ¿siguen siendo útiles en la elaboración del planeamiento o son una tarea inútil más? En primer lugar, debemos reconocer que según la configuración actual que todos los planes deben respetar, las ordenaciones deben cumplir el doble régimen de las actuaciones básicas y de las determinaciones de diseño urbano (límites y estándares) en cada uno de los ámbitos de planeamiento (sectores y áreas). Dentro de cada ámbito de ordenación, los límites y estándares se calculan con respecto a la edificabilidad física y urbanística (arts. 77 a 81 LvSU y arts. 3 a 21 DEU), pero no con respecto a la ponderada, y en cuanto a las actuaciones básicas la única regla exigible, concediéndole la venia al Tr...

[Pasatiempos] La equidistribución entre ámbitos de planeamiento

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La doctrina  Txomin Enea sobre el principio de reparto equitativo de beneficios y cargas entre ámbitos de planeamiento y la necesidad de su justificación por parte del Plan General dio lugar a cierto debate sobre sus consecuencias prácticas. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha venido a terciar en aquel debate. Veamos