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Mostrando las entradas etiquetadas como LS56

Simplificación del planeamiento: [6] ¿Un buen plan o un buen resultado?

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El planeamiento urbanístico español se caracteriza, desde 1956, por ser un plan cerrado, definitivo, cuyas determinaciones, además, pueden estar al margen de cómo evolucionen las circunstancias. Lo apuntábamos en la primera entrada de esta serie, el requisito de la viabilidad se reduce a un contraste en un momento dado sin que se prevean mecanismos de recuperación del error para el caso de que la alteración posterior de las circunstancias determine el mayor defecto de un plan, su inviabilidad. Con todo, la viabilidad económica es solo un ejemplo porque no podemos olvidar los condicionantes sectoriales ni, sobre todo, los cambios sociales y ambientales que necesariamente deberían obligar a reformular no la ordenación (medidas) sino, incluso, a reajustar los objetivos.  La principal ventaja de la planificación es la anticipación a posibles problemas y, en consecuencia, los planes de contingencia. El modelo legal incita a que el plan sea un ejercicio de ensimismamiento en el que se ...

Simplificación del planeamiento urbanístico: Propuesta

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La semana pasada llamábamos la atención sobre la escasez de propuestas de agilización de la elaboración del planeamiento a pesar de la generalización de las quejas acerca de la excesiva complejidad y burocratización de la elaboración del planeamiento urbanístico, mostrando nuestra preocupación sobre dónde meter el bisturí y qué informes o estudios deben ser prescindibles en aras a la agilización. Finalmente nos emplazábamos a formular una propuesta al respecto. La acción urbanística en nuestro país es decisiva, no nos cansaremos en citar el magnífico trabajo de Miguel Artola y otros en el que destaca un dato muy significativo: el 85 % de la acumulación de riqueza en España en el periodo 1950-2010 tiene su origen en la acción urbanística. Es inevitable que todos los agentes sectoriales tengan puestos sus ojos en el planeamiento urbanístico y sería una temeridad prescindir de las perspectivas sectoriales en la elaboración del planeamiento porque, de hecho, es el vector principal de las ...

Volviendo al 56, el urbanismo "Blitzkrieg", va de viviendismo

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  Hace unos días en el programa de la Sexta, Al Rojo Vivo , uno de los tertulianos dijo : " ¡ Se ha de poner en marcha un urbanismo relámpago ! ". Y creemos que ya sabemos a qué se refería, era al Blitzkrieg. Blitzkrieg o guerra relámpago , conocida por su nombre alemán , es el nombre que recibe una táctica militar que tiene como fin el desarrollo de una campaña rápida y contundente con el objetivo de culminar con una clara victoria, evitando por lo tanto la posibilidad de una guerra total y el desgaste que supone en términos de vidas y de recursos. Se trata de una táctica de ataque que consiste de un bombardeo inicial, seguido del uso de fuerzas móviles, atacando con velocidad y sorpresa para impedir una defensa coherente . Esa rapidez o la necesidad de resolver el problema de la vivienda saltándose todo tipo de obstáculos, procedimientos, criterios, determinaciones y pegas ya sabemos que solo puede traer un damnificado, el medio urbano, concretamente su sostenibilidad y ...

Arrese, Arrese, todos contra Arrese ¿Pero qué Arrese?

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  En un reciente artículo de prensa sobre la visión en materia de vivienda de una determinada coalición política y sobre la reciente Ley de Vivienda sintetizaban su propuesta bajo el eslogan “ Al fin ha muerto Arrese ” Esta referencia a José Luis de Arrese , uno de los padres de la LS56 que moldeó el modelo urbanístico de las Leyes de Suelo del Estado hasta la LS07 y que sigue subyacente en casi todas las leyes urbanísticas de las CCAA, viene a colación de su famosa frase « No queremos una España de proletarios, sino de propietarios ». Por cierto, hubiera sido interesante añadir el subtítulo de aquel titular del artículo del ABC que resitúa al debate ¿verdad? (el subtítular decía: " Aspiramos a que la vivienda sea del que la vive y que de la 'renta limitada' pasemos al ideal de la 'venta limitada'"). No hay duda que vivimos en la era de la comunicación, pero sobre todo la de las ideas y eslóganes de fácil digestión. Basta darse una vuelta por todos esos ...

¿Será una cuestión de lentes o será otra cosa...?

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Llama la atención que después de más de 15 años de la LS07 y casi 10 de la L3R se sigan sin querer entender los cambio operados por aquellas leyes en nuestro sistema urbanístico y que hoy se compilan en el TRLSR ¿por qué será? ¿será porque nosotros tenemos unas gafas distintas? No es la primera vez que traemos a colación esta cuestión, pero recientes publicaciones compilatorias y que se presumen actualizadas siguen ahondando en los viejos dogmas cuando no van en sentido contrario, al seguir sosteniendo que nada o casi nada ha cambiado y negando los cambios nucleares que se han producido desde al menos 15 años. Así podemos destacar que se niega: La prevalencia de la regulación básica cuando hay un conflicto con la regulación urbanística y el consiguiente desplazamiento de esta. La diferenciación del derecho de propiedad del derecho urbanístico o de diseño urbano. La primacía de las situaciones y actuaciones básicas en la definición del haz de derechos y obligaciones, frente a la clasi...

[Proyecto_DEU]: Revisión de alcance limitado (1)

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Con este post iniciamos una breve serie dedicada al futuro Decreto de Estándares Urbanísticos. Confíamos en que sea de vuestro interés porque hablar sobre las normas y las cuestiones que regulan antes de que lleguen a la imprenta del Boletín Oficial  es muy enriquecedor y, también, por si pudiera contribuir a la mejora de la norma.

Aportación en el seno de la Consulta pública previa de la modificación del TRLSR [2/2]

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Cuestiones a abordar.

La Regeneración Urbana en los desarrollos residenciales de los años 60 y 70 del País Vasco

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Reseñamos brevemente la tesis doctoral de Alvaro Cerezo cuyo título es " La actuación de Regeneración y Renovación Urbanas (aMU-RR). Nueva forma de equidistribución y gestión en suelo urbanizado en los desarrollos urbanos de los años 60 y 70 del País Vasco ".