Mapas de inundabilidad, ¿mera información o régimen jurídico-urbanístico?
Una de las claves del nuevo modelo jurídico de nuestro urbanismo reside en la incorporación del Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado (DUSI) a las ordenaciones y sus regulaciones. Es cierto que en ocasiones este principio pasa desapercibido en sus implicaciones directas sobre las actuaciones al confundirse con su variable exclusivamente medioambiental y, sin embargo, el cambio es más profundo de lo que parece. Al punto, cabe reconocer que esta incorporación ha venido a reforzar la naturaleza reglamentaria de los instrumentos de ordenación urbanística que acogen esas actuaciones. Así, en este escenario y desde la LS07, se han venido sucediendo diversas incorporaciones y exigencias en el TRLSR para los instrumentos de ordenación a fin de reflejar dicha sostenibilidad y dicha integralidad. Hoy nos queremos centrar en una muy concreta, los mapas de riesgo y los de inundabilidad en particular. Desde la modificación del TRLSR del año 2021 (LCCTE 21 y DF4) la redacción actual del art. 20.1...