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Mostrando las entradas etiquetadas como disposiciones reglamentarias

Mapas de inundabilidad, ¿mera información o régimen jurídico-urbanístico?

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Una de las claves del nuevo modelo jurídico de nuestro urbanismo reside en la incorporación del Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado (DUSI) a las ordenaciones y sus regulaciones. Es cierto que en ocasiones este principio pasa desapercibido en sus implicaciones directas sobre las actuaciones al confundirse con su variable exclusivamente medioambiental y, sin embargo, el cambio es más profundo de lo que parece. Al punto, cabe reconocer que esta incorporación ha venido a reforzar la naturaleza reglamentaria de los instrumentos de ordenación urbanística que acogen esas actuaciones. Así, en este escenario y desde la LS07, se han venido sucediendo diversas incorporaciones y exigencias en el TRLSR para los instrumentos de ordenación a fin de reflejar dicha sostenibilidad y dicha integralidad. Hoy nos queremos centrar en una muy concreta, los mapas de riesgo y los de inundabilidad en particular. Desde la modificación del TRLSR del año 2021 (LCCTE 21 y DF4) la redacción actual del art. 20.1...

“La insatisfactoria reemergencia, bajo nuevo sayo, pero igual limitación, de la reforma del vigente Texto Refundido de la Ley de suelo y rehabilitación urbana” por Luciano Parejo

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  En el último número (191) de la Revista Práctica Urbanística el Profesor Luciano Parejo, voz autorizada como pocas, nos dejó este editorial que por su interés nos permitimos reproducir. Aborda la Proposición de Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, que, como señalamos en una anterior entrada, sigue “viva” ¿o no?. Os dejamos con el Profesor.  « El proyecto de Ley «guadiana» de modificación del Texto Refundido de la Ley de suelo y rehabilitación urbana de 2015 (en adelante TRLSyRU15) había vuelto a sumergirse tras su retirada por el Gobierno en la sesión del Congreso de los Diputados del día 23 de mayo de 2024 en vigor. Su reemergencia era de esperar y lo ha hecho muy pronto, aunque mutada en proposición de Ley conjunta de los grupos parlamentarios socialista y vasco (EAJ‐PNV) registrada en aquella Cámara parlamentaria el día 13 de junio de este año. Entre amb...

Ahora que el Proyecto de Ley de Modificación del TRLSR ha sido retirado ...

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  El pasado jueves fue retirado in extremis el Proyecto de Ley de modificación del TRLSR, porque parece que no gozaba del consenso necesario para ser aprobado o al menos para que pudiera seguir su tramitación. A partir de ese momento han surgido todo tipo de “opiniones”, donde la gran mayoría han dado la sensación de no haber leído ni una sola línea del texto propuesto o que se han dejado llevar por argumentos que poco o nada tienen que ver con los elementos nucleares de esta modificación legal. En nuestra opinión los cuatro elementos son: 1. Los contenidos generales y naturaleza de los instrumentos de ordenación, singularmente, urbanística (los territoriales para otro día). 2. Un nuevo régimen especial de nulidad y anulabilidad de los instrumentos de ordenación urbanística. 3. La modificación  de la Acción Pública en materia de urbanismo. 4. La limitación temporal del Recurso Contencioso-Administrativo indirecto contra los instrumentos de ordenación urbanística. ...

El anteproyecto de modificación del TRLSR. ¿Quo vadis? (1/4)

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Bienvenidos a 2023. En la crónica urbanística del 2022 ya hicimos una última reseña sobre el Anteproyecto de Ley de modificación del TRLSR , así que iniciamos este 2023 con una serie de posts de análisis sobre el mismo: 1.   Revocación parcial de la LS07 y reforma de la acción pública. 2.   La nulidad y anulabilidad de los instrumentos de ordenación urbanística. 3.   El nuevo registro de informes sectoriales del Estado. 4.  Sobre el silencio administrativo de algunos actos y la indemnización de la facultad de participar. Introducción Ante la caída de numerosos instrumentos de ordenación urbanística por lo que, erroneamente, se ha llegado a calificar como vicios formales o procedimentales que han derivado en su nulidad de pleno derecho dada su condición de disposición general de naturaleza reglamentaria del propio instrumento, nulidad que es   total, radical, insubsanable, sin posibilidad de convalidación,  ab initio  y DE TODOS Y ...

Modificaciones denominadas para la mejora de la seguridad jurídica dentro de la LJCA, ¡Atentos señorías! (3)

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La reversión de una doctrina consolidada