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Mostrando las entradas etiquetadas como Realojo

Volviendo al 56, el urbanismo "Blitzkrieg", va de viviendismo

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  Hace unos días en el programa de la Sexta, Al Rojo Vivo , uno de los tertulianos dijo : " ¡ Se ha de poner en marcha un urbanismo relámpago ! ". Y creemos que ya sabemos a qué se refería, era al Blitzkrieg. Blitzkrieg o guerra relámpago , conocida por su nombre alemán , es el nombre que recibe una táctica militar que tiene como fin el desarrollo de una campaña rápida y contundente con el objetivo de culminar con una clara victoria, evitando por lo tanto la posibilidad de una guerra total y el desgaste que supone en términos de vidas y de recursos. Se trata de una táctica de ataque que consiste de un bombardeo inicial, seguido del uso de fuerzas móviles, atacando con velocidad y sorpresa para impedir una defensa coherente . Esa rapidez o la necesidad de resolver el problema de la vivienda saltándose todo tipo de obstáculos, procedimientos, criterios, determinaciones y pegas ya sabemos que solo puede traer un damnificado, el medio urbano, concretamente su sostenibilidad y ...

Curso sobre la actuación de regeneración urbana [14]: El realojo

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El derecho al realojo y retorno, que en nuestra historia ha sido un derecho de reciente reconocimiento legal, merece un análisis específico y más todavía en el seno de las aMU-RRi/ARU. El derecho de realojo y retorno de ocupantes legales aparece por primera vez en nuestro ordenamiento con la DA4 TRLS92 , anulada parcialmente por la STC 61/1997 , en lo referente a los realojos no expropiatorios de acuerdo con la peculiar concepción de las competencias del Estado de aquella Sentencia) y posteriormente con carácter básico en la LS07, concretamente como uno de los deberes de las actuaciones de transformación en el LS07 16.1.e (actualmente TRLSR 18.1.e ): Artículo 18. Deberes vinculados a la promoción de las actuaciones de transformación urbanística y a las actuaciones edificatorias. 1. Las actuaciones de urbanización a que se refiere el artículo 7.1,a) comportan los siguientes deberes legales: e) Garantizar el realojamiento de los ocupantes legales que se precise desalojar de inmuebles si...

Curso sobre la actuación de regeneración urbana [8]: Los contenidos del instrumento

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Tal y como hemos señalado en los anteriores post de este curso, la L3R tuvo una forma muy peculiar, aunque si acorde con la LS07, de regular las actuaciones sobre el medio urbano y su incorporación a nuestro ordenamiento jurídico. En vez de hablar de planes, habla de instrumentos o disposiciones reglamentarias ( L3R 9.2 , 10.1 , 10.3 , 18.1.b y DA1 entre otras), quizás huyendo del debate competencial, pero estableciendo con nitidez el cambio de paradigma normativo. Así, al margen de las reglas básicas para la ordenación y ejecución de las actuaciones ( L3R 10 , que se corresponde al TRSLR 24 en su mayor parte), de la concreción de los efectos ( L3R 12 , que se corresponde al TRSLR 14.d y 42.3 ) y de las formas de ejecución ( L3R 13 , que se corresponde al L3R 11 , 9.3 y 43.2 ) no se establecen los contenidos documentales que deben reunir los instrumentos que habiliten las aMU, salvo en el L3R 11 (actualmente TRLSR 22.5 ) que describía íntegramente la Memoria de Viabilidad económi...

Curso sobre la actuación de regeneración urbana [5]: La ordenación

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Tras las fiestas y los destellos del DEU y del RDL 36/2020, volvemos a la regeneración. Inicialmente, a la hora de articular un modelo para definir la ordenación en el seno de las aMU, la L3R optó por un modelo flexible, como constatación de que los modelos reglados de diseño son de imposible aplicación para TODOS los tejidos urbanos, tal y como se ha podido constatar innumerables veces cuando hemos tenido que aplicar el Decreto de Estándares Urbanísticos. Si bien es cierto que la L3R construyó a partir de las determinaciones clásicas un modelo intencionalmente flexible, fruto de un modelo legislativo intencionadamente ambiguo que permitía actuaciones aisladas (de rehabilitación) y conjuntas (de regeneración y renovación) tal y como describía el L3R 10.1  (después TRLSR 24.1 ): Artículo 10. Reglas básicas para la ordenación y ejecución de las actuaciones. Las actuaciones de rehabilitación edificatoria y las de regeneración y renovación urbanas que impliquen la necesidad de alter...

Ley vasca de Vivienda (3): Problemas que no creeríais...

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La Ley de Vivienda no se ha limitado a tratar la problemática de vivienda o los aspectos de vivienda de la normativa sobre urbanismo y suelo sino que se ha abierto paso incidiendo en el marco normativo de la acción urbanística más de lo que se desprende de su título.

[NIon] Deber de conservación o la gentrificación, una ambivalencia interesada?

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“En inglés, gentry significa alta burguesía o aristocracia. Pero en el idioma del urbanismo se refiere, más bien, al proceso mediante el cual los vecinos de un barrio son expulsados y sustituidos con intereses aparentemente especulativos”.

Cambio de paradigma (5): El realojo

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En este ejercicio del reseteo urbanístico al que se dedica esta  serie, hoy os proponemos practicar el juego de los siete errores con una historia de realojos. Si, con UNA historia porque los errores hay que detectarlos contrastándola con el sentido común.