Las exigencias básicas del planeamiento urbanístico, la reserva de VPP y la perspectiva de Género
Una vez más, una reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre las afecciones a los instrumentos de ordenación urbanística ( STS 5588/2024 sobre el PGOU de Piera, Barcelona) nos acerca el debate de las exigencias urbanísticas de planeamiento que trae consigo la regulación básica en forma de criterios de ocupación del suelo, los del art. 20 del TRLSR. Desde hace tiempo hay opiniones que rechazan estas exigencias, en ocasiones, por argumentaciones deformadas o contradictorias expuestas por las partes implicadas en los pleitos, como es el caso de las letras b) y c) del art. 20.1 del TRLSR, la reserva de VPP y los principios que deben ser cumplidos y justificados en la memoria y normativas de los instrumentos de planeamiento, entre ellos la perspectiva de género. Por ello, interesa realizar una descripción de la evolución de ese artículo desde la LS07 que las vio nacer hace más 17 años (Se resalta en color rojo la novedad en la variación del TRLS correspondiente: LS07, TRLS08, TRLS13,...