El nuevo PGOU de Getxo

 


En el día de ayer se aprobó definitivamente el nuevo PGOU de Getxo.

Un PGOU es sin duda una tarea coral donde convergen muchos esfuerzos, los de un equipo político, un equipo redactor y, por supuesto, un equipo técnico y jurídico municipal para tratar de lograr un resultado que nunca es perfecto, ni que constituye un fin en sí mismo, sino un hito más en el camino.

Llegar hasta aquí no ha sido un camino fácil y quien crea que se llega tarde, ignora lo que cuesta confeccionar un Plan General y más aún ignora sus afecciones.

Este plan general, innovador y adelantado en muchos de sus aspectos, define un nuevo escenario para Getxo. Un escenario más sostenible y más integrado, que reducirá los impactos para las generaciones futuras y lo hará sin que ninguna perspectiva, transversal, física, social, económica, ambiental y de infraestructuras, se imponga a las otras. Esa es la virtud de su integralidad.

En este itinerario todas y todos han podido participar y aportar lo que han considerado en un proceso de participación ciudadana modélico, con todas las alegaciones, las consultas y los informes sectoriales (81, nada más ni nada menos) que han enriquecido el plan, equilibrando todos los derechos, deberes e intereses locales y supramunicipales.

Por eso quiero apuntar las ideas claves que lo caracterizan y que definen las ordenaciones y regulaciones que contiene:

  1. Mantiene la población y ordena el suelo residencial preciso para ello.
  2. Desclasifica una parte muy significativa del antiguo el suelo urbanizable que no es necesario para el desarrollo urbano del objetivo de población y crea el gran pulmón verde de Getxo.
  3. Provee el suelo de transformación necesario y colmata el suelo urbano para alojar todos los tipos de viviendas que reclama nuestra ciudadanía.
  4. Ofrece suelo productivo suficiente y adecuado para el desarrollo de las actividades económicas estratégicas, que permita generar un espacio de oportunidades laborales a nuestra juventud.
  5. Equilibra el conjunto de dotaciones públicas y equipamientos privados como mecanismo de cohesión social y generación de relaciones de proximidad.
  6. Integra el paisaje natural y urbano en la delimitación de las actuaciones y sus ordenaciones.
  7. Protege el suelo no transformable de una manera integradamente sostenible.
  8. Flexibiliza el régimen de los usos en la ciudad existente para poder acoger nuevas realidades de actividades y de empleo.
  9. Establece un régimen de protección cultural para los edificios y conjuntos urbanos de acuerdo a su verdadero valor, habilitando regímenes flexibles para su conservación, rehabilitación y mejora.
  10. Garantiza la sostenibilidad económica de la Hacienda municipal para no endosar pasivos a las generaciones futuras.

Este es el decálogo conceptual que sustenta este Plan General de Ordenación Urbana de Getxo, pero no se conforma con ello. Desde el punto de vista técnico incorpora las siguientes determinaciones:

  • Aúna el régimen jurídico de la regulación básica del TRLSR y de la Ley de vivienda del Estado con el de la Ley 2/2006 de suelo y urbanismo y la Ley 3/2015 de vivienda de Euskadi.
  • Las ordenaciones se definen en función de las situaciones de suelo y actuaciones básicas (de nueva urbanización, de reforma o renovación de la urbanización y de dotación).
  • Se acaba con las áreas de reparto, el aprovechamiento tipo, el coeficiente de techo… ¡y es posible vivir sin ello, no pasa nada!
  • Es el primer PGOU de Euskadi que incorpora la calificación de suelo de Vivienda de Protección Social en Alquiler en las actuaciones de urbanización y lo hace de una manera económicamente sostenible para la hacienda local.
  • Pone las bases para afrontar el problema de la obsolescencia urbana.
  • En previsión de la aprobación de la nueva Ley de Medidas Urgentes pone tres actuaciones de nueva urbanización y once actuaciones de reforma o renovación en condiciones de iniciar la tramitación de su ejecución al haber finalizado la labor de planeamiento desde el PGOU.
  • Las actuaciones no se definen ni definirán por la existencia de un incremento de la edificabilidad, sino por los deberes asociados a cada actuación.
  • Incorpora la nueva documentación exigida en el TRLSR y que contribuye a la formulación de las nuevas ordenaciones.
  • Asume la integralidad más allá de su justificación, incorporando las determinaciones transversales, físicas, sociales, económicas, ambientales, de infraestructuras y de otras administraciones, que todas inciden en la definición de un nuevo marco urbanístico.

Aunque como todo plan ha tenido que asumir soluciones de compromiso, se puede identificar como un plan de nueva generación que permitirá aplicar las nuevas determinaciones y figuras que están a punto de aprobarse en nuestra legislación. Un plan que es un punto y seguido y en el que ahora serán otras personas las que lo lleven adelante para hacer del mismo una realidad.

Un nuevo plan que define un espacio de oportunidades de presente y de futuro para Getxo.

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