¿Por qué la producción de suelo para vivienda no debe ser el objetivo prioritario del plan urbanístico?


Puede parecer extraña o contraparadigmática la pregunta del título de este post, pero desde hace unos años, ya décadas, cada vez es más evidente la racionalidad de la misma.

El urbanismo del modelo clásico (LS56-LvSU) desenfocó el objetivo de los planes urbanísticos, porque los fenómenos de concentración demográfica y los procesos de crecimiento industrial resolvieron la cuestión a la par que generaban otros problemas (recuérdese que la respuesta a la transformación de un país rural en industrial direccionó la acción urbanística a la producción de suelo para vivienda, pero no para la ciudad). Años más tarde, aquellos problemas supuran sobre todo en los tejidos más precarios.

Ante esta situación ¿qué enfoque asumen la mayoría de los planes urbanísticos actuales?

Ya hemos hablado en múltiples ocasiones sobre los objetivos, los instrumentos y las técnicas sobre la ciudad existente, pero, ¿Cómo abordar la nueva ciudad?, ¿Es necesario afrontar su definición bajo el mismo paradigma? ¿Con las mismas recetas? ¿Sigue siendo necesario el mismo objetivo de producción de suelo para viviendas?

Al hilo de la necesidad de un nuevo enfoque, recordemos que el pasado domingo 29 de mayo se han cumplido 15 años de la publicación de la LS07. Como sabemos, aquella ley trajo consigo la introducción de la sostenibilidad en el planeamiento. Un concepto que se ha llegado a interpretar de manera limitada o restringida a lo ambiental. Por el contrario, en varias ocasiones nos hemos referido a la importancia de la sostenibilidad económica (LS07 15.4 ahora TRLSR 22.4), incorporada a nuestro acervo legal y técnico para aquellos planeamientos que incluyeran actuaciones de urbanización primero, de transformación después y finalmente a las actuaciones sobre el medio urbano. Pero si, a lo sumo, los planes se han fijado en el primer requisito (el impacto de la actuación en las Haciendas Públicas afectadas por la implantación y el mantenimiento de las infraestructuras necesarias o la puesta en marcha y la prestación de los servicios resultantes), han soslayado totalmente el segundo, la suficiencia y adecuación del suelo destinado a usos productivos.

¿Qué será eso de los usos productivos? ¿Cuánto será suficiente? ¿Y adecuado?

En un escenario de transformación económica como el que nos encontramos, donde lo que se está produciendo es una robotización, digitalización y externalización internacional, la clave para la sostenibilidad reside en el mantenimiento de la población activa y, por tanto, en la capacidad de atraer actividad y talento empresarial y personal. Sin eso no habrá nada. Porque si no hay compradores de bienes lucrativos de mercado (y para eso es preciso generar rentas), no habrá actuaciones, ni suelos, ni dotaciones (generales y locales), ni viviendas públicas, ni comercio, ni nada. Si no hay bienes lucrativos, ni puestos de trabajo productivos y no de mero intercambio monetario (no vayamos a confundir churras y merinas), no habrá generación de tributos, por lo que el suelo productivo, suficiente y adecuado se establece como la acción estratégica prioritaria de todo plan urbanístico y de todas las administraciones para lograr no solo su previsión sino sobre todo su ejecución y puesta en “carga”.

Sin embargo, ¿Dónde sigue puesto el foco de atención? Pues nos tememos que en “ese oscuro objeto del deseo” que aparentemente sigue siendo la vivienda y que, como en la película de Buñuel de 1978, se muestra como una realidad seductora pero que seguramente nos dará calabazas a la hora de conseguir la tan anhelada sostenibilidad para nuestras sociedades.

¡El empleo, es el empleo!

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