¡A mí me daban dos! ¿Y a ti cuántos te daban?

Sobre los plazos de corrección de la Ley 10/2019 de Grandes Establecimientos Comerciales.


Aproximadamente hace un año dedicamos un post al itinerario y otros avatares jurídicos de la Ley 10/2019, de 27 de junio, de ordenación territorial de grandes establecimientos comerciales y por entonces ya preguntábamos si había algo pendiente...

Tiempo y alguna que otra pregunta parlamentaria después del acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en relación con la Ley 10/2019, de 27 de junio, de ordenación territorial de grandes establecimientos comerciales (BOE y BOPV 20/07/2020), este sigue sin cumplirse. Singularmente aquel acuerdo 1.b que decía:

b) Por lo que se refiere a la controversia suscitada sobre el apartado 3 del artículo 3, y los artículos 6 a 8 y la disposición adicional única de la Ley de referencia, la Comunidad Autónoma del País Vasco impulsará, en el plazo de un año desde la firma del presente acuerdo, un desarrollo normativo que garantice el cumplimiento de la normativa de la Unión Europea así como de la normativa básica, y procederá a notificar tal adaptación a la Comisión Europea en los términos previstos en los artículos 15.7 y 39.5 de la Directiva de Servicios.

El citado acuerdo señala que se haría un desarrollo normativo (¿Ley o reglamento? ¿Principio de jerarquía normativa? Menudencias de leguleyos), que debería ser validado por la Comisión Europea bajo la lupa de la Directiva de Servicios, en el plazo de 1 año.

Sin embargo, consultados el Plan Normativo del Gobierno para el año 2022 y la página web de la Legebiltzarra (Comisión de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes) no hay el más mínimo atisbo de desarrollo normativo alguno sobre esta cuestión.

Todo ello nos ha hecho recordar el anuncio de Petit Suisse porque ¿será que al Gobierno Vasco le han dado dos y nadie se ha enterado?

Mientras la pelota se va haciendo cada vez más grande…

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