[Pasatiempos] Suelo Rural y Deuda Pública: Y si...?

¿Cómo valorarías el suelo rural si el rendimiento de la Deuda pública fuera 0 o negativo?

El valor del suelo Rural se obtiene capitalizando la renta de la explotación (TRLS13 23) esto es, dividiendo la renta de la explotación (RVal 11) entre el rendimiento de la Deuda pública de plazo entre dos y seis años (TRLS DA7). Por ejemplo para una hectárea que produzca una renta de 2400 euos/año y un interñes de la Deuda Pública del 4,896%, el valor del suelo es de 2400euros/4,896% = 49 020 euros.


El suelo rural no ha subido en los últimos años, al contrario; sin embargo, el descenso del rendimiento de la Deuda pública está disparando su valor legal. El tipo de interés del ejemplo del párrafo anterior era el de septiembre de 2012; la misma hectárea tiene hoy un valor legal de 2400€÷0,883%= 271 800€. En dos años se ha multiplicado por más de 5,5!!!!


A este paso, y aplicando los coeficientes de mayoración por localización (TRLS13 23.1.a.2º y la STC 141/2014) y por el tipo de cultivo o aprovechamiento (RVal Anx. 1), el valor inicial superaría al urbanístico!!!


El ritmo acelerado con que cae el rendiemiento de la Deuda pública y los entornos deflacionistas pueden llevarnos a intereses negativos de la Deuda pública, como ya ocurre en más de un país europeo.


A lo que íbamos, cuál sería el valor de una hectárea que tenga un rendimiento de 2400€/año (sin considerar localización y uso):




  • Con rendimiento anuales de la Deuda Pública de 0,01%?

  • Con rendimiento anuales de la Deuda Pública de 0,00%?

  • Con rendimiento anuales de la Deuda Pública de -0,01%?


También podríamos preguntarnos:




  • Habrá que esperar a estas tasas próximas a 0 para que el responsable del ramo haga algo?

  • Teniendo en cuenta que llevamos unos meses en que el valor en expropiación es muy superior al valor real, ¿habrá alguien responsable en el ramo?


Y ahí va la pregunta:




  • Qué medidas crees que debió prever el redactor del Reglamento de Valoraciones?

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