Ideas nuevas: Council Tax

La repercusión de costes públicos locales de manera ajena la propiedad.


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Siguiendo la estela de las “ideas nuevas” del post anterior sobre la TIF americana, en este ocasión nos acercamos a otro concepto para la financiación de los costes urbanos y consecuentemente para la intervención en el medio urbano. Se trata del Council Tax británico.


El Council Tax es un impuesto diferenciado del property tax (impuesto de propiedad, nuestro IBI) que lo paga quien reside, al margen de ser el propietario o no del inmueble (que tiene el otro impuesto de propiedad indicado).


Mediante el Council Tax se produce una repercusión “más justa”, si se quiere, de los costes de los beneficios y servicios públicos de quien los disfruta y recibe, puesto que resulta ser ajeno al negocio contractual del alquiler en su caso. Se trata de un impuesto anual al ciudadano residente e inicialmente al margen de su capacidad económica.


El Council Tax engloba tres conceptos fundamentales, el suministro de agua, el saneamiento y basuras y los servicios generales que presta el Ayuntamiento, tales como: asistencia social infantil y para mayores, policía, bomberos, servicios municipales y otros. Su repercusión es por adulto residente, si bien hay exenciones, deducciones y recargos.


Factura tipo.

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¿Cómo funciona?




  • Lo paga cada residente, sea propietario o no.

  • Se repercute mensualmente (el día 15 de cada mes) con recargos de penalización de hasta el 50%.

  • Se paga en función de un valor objetivo-administrativo del inmueble fijado con fecha valor 1/04/1991 y unos coeficientes de actualización o ponderación.


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Tabla de tarificación de Glasgow, Escocia para los años 2019 y 2010.

  • Se revisa cada año y a cada concepto se le aplica un % de revisión diferenciado y acorde al coste efectivo.

  • Exenciones:

    • Menores de edad

    • Estudiantes a tiempo completo hasta los 19 años

    • Universitarios

    • Menores de 25 años en programas de inserción laboral

    • Rehabilitaciones integrales (exención temporal limitada)



  • Deducciones:

    • Estudiantes extranjeros registrados en el British Council

    • Personas severamente discapacitadas

    • Personal de asistencia familiar permanente que no sean familiares (Ayuda a la dependencia)

    • Diplomáticos

    • Edificios declarados en ruina

    • Ingresos < 18.720 euros/persona año

    • En función de minusvalías

    • Ser una vivienda secundaria



  • Recargos o deducciones (según Ayuntamientos):

    • Vivienda desocupada (descuentos de hasta el 50% o recargos por tensión en el mercado)




Expuesto sintéticamente el instrumento tributario, llegan las preguntas:

  1. ¿Creéis que esta repercusión y desglose tributario serviría para mejorar la financiación pública municipal en nuestro caso y tener una mayor conciencia de los servicios públicos en el medio urbano?

  2. El hecho de diferenciar la carga tributaria entre propiedad y persona usuaria ¿Derivaría en una mayor equidad tributaria?

  3. Si aplicásemos un instrumento tributario así ¿Podríamos redireccionar el resto de recursos municipales a otros objetivos urbanos?


Para más información:

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